La diputada Valentina Batres Guadarrama propuso castigar el hostigamiento sexual con hasta cuatro años de prisión y en caso de que un servidor público solicite favores sexuales para sí o una tercera persona, además de la pena prevista,se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar el cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta.
En tribuna, la legisladora del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, mencionó que de acuerdo con lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el hostigamiento sexualconstituye uno de los tipo de violencia más evidentes de la distribución asimétrica y jerárquica del poder.
“Tiene efectos discriminatorios para quien la padece y no hay que olvidar que la discriminación es todo acto que detone distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, género, edad, preferencia sexual o abuso del poder que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas”, destacó durante la exposición de motivos.
Batres Guadarrama indicó que los datos estadísticosdemuestran que el acoso y hostigamiento sexual tienen una baja incidencia por la falta de denuncia debido a que el 34.2 por ciento no denunció con el argumento de la pérdida de tiempo y confianza en la autoridad y un porcentaje que alcanza el 64.5 por ciento expreso que por miedo a la persona agresora o por no tener pruebas entre otros.
Pese a ello mencionó que la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana 2019 estimó que 4 de cada 10 mujeres mayores de 18 años sufrieron algún tipo de violencia sexual durante el segundo semestre del año pasado. Es decir más de 6 millones de mujeres fueron víctimas de acoso, hostigamiento, abuso, intento de violación y violación, en los últimos seis meses.
La iniciativa, que fue turnada a las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y a la de Igualdad de Género, por la que se reforma, adiciona y derogadiversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal quedaría de la siguiente manera:
Capítulo III Bis Hostigamiento Sexual
Artículo 179 Ter. A quien, aprovechándose de su autoridad, derivada de relaciones jeráquicas laborales, docentes, comésticas o cualquier otra que implique subordinación, solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesiones su dignidad, se le impondrá de uno a cuatro años de prisión.
Si la persona agresora fuese servidora pública y utilizara los medios o circunstancias que el cargo le proporcione para ejecutar la conducta, además de la pena prevista en el párrafo anterior, se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta.
La pena aumentará hasta en una mitad, si la persona agresora de manera directa o por tercera persona, trata de impedir por cualquier medio que la víctima denuncie los hechos ante la autoridad competente.
La autoridad, tomando en cuenta las circunstancias del caso, determinará las medidas de protección para la víctima.
Capítulo VI.- Violación, abuso sexual, acoso sexual y hostigamiento sexual, cometido a menores de 12 años de edad.
Artículo 181 Bis… La pena prevista en el párrafo anterior, se incrementará en una tercera parte, cuando se presenten las circunstancias previstas en el Artículo 179 Ter, de este Código.